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Ley 18 De 1911

Artículo 1

1 inciso

En homenaje á la memoria de Diego Fallon, el busto del profundo pensador, insigne maestro y altísimo poeta, será costeado con fondos públicos y colocado en el salón de exposiciones de la Escuela Nacional de Bellas Artes.

Artículo 2

1 inciso1 parágrafo

En el Presupuesto se incluirá la partida necesaria para la ejecución de esta Ley.

Parágrafo

Copia auténtica de ella será enviada á la señora viuda de Fallón.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno