Artículo 1
2 incisos
000.00) anuales.
El auxilio que figura para la misma institución en el Presupuesto vigente será cubierto en su totalidad una vez sancionada la presente Ley.
Ley 45 De 1943
000.00) anuales.
El auxilio que figura para la misma institución en el Presupuesto vigente será cubierto en su totalidad una vez sancionada la presente Ley.
Esta ley regirá desde su sanción.