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Ley 113 De 1959

Artículo 1

2 incisos

Hacense las siguientes traslaciones en el presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 30128. PÁG. 2.

Artículo 2

1 inciso

Prorrogase indefinidamente la vigencia de la ley 37 de 1924 .

Artículo 3

1 inciso

Esta ley regirá desde la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara, Álvaro Ayala
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de justicia