Artículo 1
1 inciso
539.148.64) moneda legal, que con base en el certificado de disponibilidad número 29 expedido por el Contralor General de la República, se incorporará con imputación a los siguientes numérales:
Ley 48 De 1976
539.148.64) moneda legal, que con base en el certificado de disponibilidad número 29 expedido por el Contralor General de la República, se incorporará con imputación a los siguientes numérales:
Con base en los recursos fiscales de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1976:
Esta ley rige desde la fecha de su sanción.