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Ley 42 De 1976

Artículo 1

1 inciso

Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976 con base en el certificado de reserva y disponibilidad número 58 de 1976, expedido por la Contraloría General de la República:

Artículo 2

Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General el honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público