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Ley 60 De 1876

Artículo 1

2 incisos

Artículo único. Ábrense al Poder Ejecutivo los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1875 a 1876:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 03772. (TABLA DE PRESUPESTOS) PÁG. 1 - 3.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional