Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 80 De 1986

Aprueba

El texto propio de esta ley es el acto aprobatorio. Aprueba un instrumento con articulado propio:

Artículo 1

3 incisos

Artículo primero. Apruébase la "Convención Interamericana sobre Régimen Legal de Poderes para ser Utilizados en el Extranjero", hecha en la ciudad de Panamá, el 30 de enero de 1975, cuyo texto es:

"Convención Interamericana sobre Régimen Legal de Poderes para ser Utilizados en el Extranjero

Los Gobiernos de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos, deseosos de concertar una convención sobre un régimen legal de poderes para ser utilizados en el extranjero, han acordado lo siguiente:

Artículo 2

1 inciso

Artículo segundo. Esta Ley entrará en vigencia una vez cumplidos los trámites establecidos en la Ley 7a. del 30 de noviembre de 1944, en relación con la Convención que por esta misma Ley se aprueba.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia