Artículo 1
1 inciso
Concédese a la ciudad de Mompós la suma de dos mil pesos para la terminación del monumento erigido en aquella ciudad al Libertador Simón Bolívar.
Ley 45 De 1912
Concédese a la ciudad de Mompós la suma de dos mil pesos para la terminación del monumento erigido en aquella ciudad al Libertador Simón Bolívar.
La partida correspondiente para este gasto se considerara incluida en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia.