Artículo 1
Autorízase al Gobierno Nacional para asumir y financiar a través del Banco de la República, la deuda originada en importaciones que a septiembre 22 de 1976 tenía contraída el Instituto de Mercadeo Agropecuario (IDEMA), hasta por una suma que no excederá del equivalente en moneda legal a US$ 78 millones.
Dentro de esta cuantía máxima, la Junta Monetaria determinará el costo y características de la financiación.