Artículo 1
1 inciso
La República de Colombia deplora la muerte del doctor Simón Araujo.
Ley 112 De 1931
La República de Colombia deplora la muerte del doctor Simón Araujo.
En la ciudad de Bogotá, y en el mismo sitio en donde funcionó el colegio que llevaba su nombre, por cuenta del Tesoro Público será colocada una placa de mármol con la inscripción siguiente:
"El Congreso de la República, al doctor Simón Araujo, educador eximio de juventudes."