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Ley 353 De 1997

Artículo 1

1 inciso

º. Asociarse a la efemérides de las Bodas de Oro de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, fundada en 1945.

Artículo 2

1 inciso

º. Reconocer y exaltar a la Universidad por la valiosa y significativa formación científica, humanística y social de profesionales que cumplen su labor con eficiencia y sentido ético, al servicio del país.

Artículo 3

1 inciso

Proponer como ejemplo de las instituciones de Educación Superior, a la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca por su destacada actividad investigativa, docente, administrativa y de extensión.

Artículo 4

1 inciso4 numerales

º. Ordenar al Gobierno Nacional se vincule a la conmemoración de los 50 años de la Universidad, mediante la apropiación de la partida necesaria para financiar los siguientes proyectos de inversión y demás ejecutorias:

1

Renovación de equipos para el servicio de salud que atiende a la comunidad universitaria y a varios barrios del sector aledaño.

2

Reparación y ampliación de la planta física en su sede actual, la cual será permanente.

3

Ampliación y dotación de la Biblioteca de la Universidad, incluyendo nuevas publicaciones bibliográficas, equipos de reprografía avanzada y de última generación de computadores.

4

Dotación de equipos modernos para el laboratorio clínico y de bacteriología.

Artículo 5

1 inciso

º. El gobierno destinara del Presupuesto General de la Nación una suma no inferior a mil millones de pesos ($1.000) moneda corriente, para el cumplimiento de la presente Ley.

Artículo 6

1 inciso

º. La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Educación Nacional