Artículo 1
º. Asociarse a la efemérides de las Bodas de Oro de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, fundada en 1945.
Ley 353 De 1997
º. Asociarse a la efemérides de las Bodas de Oro de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, fundada en 1945.
º. Reconocer y exaltar a la Universidad por la valiosa y significativa formación científica, humanística y social de profesionales que cumplen su labor con eficiencia y sentido ético, al servicio del país.
Proponer como ejemplo de las instituciones de Educación Superior, a la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca por su destacada actividad investigativa, docente, administrativa y de extensión.
º. Ordenar al Gobierno Nacional se vincule a la conmemoración de los 50 años de la Universidad, mediante la apropiación de la partida necesaria para financiar los siguientes proyectos de inversión y demás ejecutorias:
Renovación de equipos para el servicio de salud que atiende a la comunidad universitaria y a varios barrios del sector aledaño.
Reparación y ampliación de la planta física en su sede actual, la cual será permanente.
Ampliación y dotación de la Biblioteca de la Universidad, incluyendo nuevas publicaciones bibliográficas, equipos de reprografía avanzada y de última generación de computadores.
Dotación de equipos modernos para el laboratorio clínico y de bacteriología.
º. El gobierno destinara del Presupuesto General de la Nación una suma no inferior a mil millones de pesos ($1.000) moneda corriente, para el cumplimiento de la presente Ley.
º. La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.