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Ley 30 De 1932

Artículo 1

El Balcón,

1 inciso

La referida casa será destinada al servicio de las oficinas públicas de dicho Municipio, y el terreno a la ampliación de la plaza.

Artículo 2

El Gobierno hará las diligencias conducentes al perfeccionamiento de dicha cesión.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público