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Ley 349 De 1997

Artículo 1

1 inciso

º. La Nación se asocia a la celebración del sesquicentenario de la fundación del Municipio de San Calixto, en el Departamento Norte de Santander, fundado el 14 de octubre de 1845 por el doctor Cayetano Franco Pinzón, y rinde tributo de admiración a su fundador.

Artículo 2

1 inciso2 literales

Con motivo de esta trascendental efemérides, la nación realizará en el municipio de San Calixto, Norte de Santander, las siguientes obras:

a

Construcción de una Casa o Palacio Municipal, con capacidad suficiente para instalar las distintas dependencias oficiales que operan en el municipio;

b

Construcción del acueducto y del alcantarillado de la cabecera municipal.

Artículo 3

1 inciso

El Gobierno Nacional rendirá honores al municipio de San Calixto, Norte de Santander, en la fecha de celebración de su sesquicentenario, y por cuenta de la Presidencia de la República se colocará una placa conmemorativa en el parque principal de la ilustre población.

Artículo 4

1 inciso

Facúltase al Gobierno Nacional para realizar los créditos y contracréditos necesarios para el cumplimiento de la presente Ley.

Artículo 5

1 inciso

º. La presente Ley rige a partir de su promulgación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario general del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público