Artículo 1
Honrase la memoria del insigne hijo de Colombia, Monseñor Manuel José Sierra, fallecido recientemente en la ciudad de Medellín.
Ley 80 De 1941
Honrase la memoria del insigne hijo de Colombia, Monseñor Manuel José Sierra, fallecido recientemente en la ciudad de Medellín.
Se presentan a la admiración y gratitud de la Nación, y especialmente de la juventud estudiosa, los grandes servicios que tan ilustre varón presto a la causa de la educación nacional desde la Rectoría de la Universidad de Antioquia, primero, y de la Universidad Católica Bolivariana en los últimos años de su vida, así como la labor apostólica que realizó desde la cátedra sagrada, por medio de la prensa y en múltiples actividades en ejercicio de su sagrado ministerio.
En memoria del ilustre fallecido se decreta un auxilio de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) a la Facultad de Química Industrial de la Universidad Católica Bolivariana que el fundo e impulso en pro del adelanto industrial y científico del país.
Igualmente votase la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) con destino a la terminación del edificio para bachillerato y para internado de la Universidad de Antioquia, de la cual fue también Rector el ilustre desaparecido.
En el presupuesto de la próxima vigencia se incluirá la partida necesaria para dar cumplimiento a esta ley.