La Nación contribuirá con el cuarenta por ciento (40%) del costo que demanden los estudios, planos, presupuestos y construcción correspondiente, de una central hidroeléctrica con aprovechamiento de las aguas del río Cauca, o el Anchicayá o de otro de los ríos que llevan su caudal al Océano Pacífico, obras que, en cooperación con el Departamento del Valle, o sin ésta, y con la ayuda de otros Municipios, o sin el concurso de éstos, va a contratar, directa y libremente, el Municipio de Cali.
Si los estudios y planos, o la misma construcción y montaje de planta o central, se contrataren con alguna de compañía extrajera, será necesario para que puedan pagarse, al Municipio aludido, los dineros, monto de la cooperación o ayuda Nacional, que se acompañe para el cobro correspondiente (del valor de los estudios y planos, o del de la obra), una certificación del respectivo Cónsul General de Colombia en que consten las buenas referencias de la Compañía, ora sobre la competencia de ésta en el ramo, ya respecto de su abono o solvencia económica.
ParágrafoLa cooperación pecuniaria de la Nación para estas centrales se prestará en todo caso con los fondos del empréstito Nacional se destinan para centrales hidroeléctricas.