Artículo 1
Para Pagar A Los Señores Campo Elias Pinzón Y Manuel J
Abrense a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1930, los siguientes créditos adicionales, con imputación a los capítulos y artículos que en seguida se expresan:
Artículo 1° Para el pago de dietas de los Senadores y Representantes y sueldos de los empleados de las Secretarias de ambas Cámaras en treinta días de sesiones extraordinarias, del 17 de noviembre al 16 de diciembre del corriente año.
Artículo 2° Para gastos de representación de los Senadores y Representantes en el mismo tiempo
Artículo 3° Para pagar a los señores Campo Elias Pinzón y Manuel J. Zaldúa las sumas de $ 400 y $ 100, respectivamente, como valor de sus servicios prestados en la Secretaria del Senado en el año pasado
Para pagar a los señores que en seguida se expresan sus sueldos devengados durante un mes de Secretaría, a contar desde el 17 de noviembre al 16 de diciembre de 1929, de acuerdo con la Resolución número 18 del mismo año de la Comisión de la Mesa del honorable Senado y con los demás documentos que prueban el nombramiento, la posesión y el servicio prestado en dicho mes, así:
Para pagar a los señores que en seguida se expresan sus sueldos devengados durante un mes de Secretaría, a contar del 17 de noviembre al 16 de diciembre de 1929, de acuerdo con la Resolución número 38 de 1929 (noviembre 16), de la Comisión de la Mesa de la Cámara de Representantes y con los demás documentos que prueban el nombramiento, la posesión y el servicio prestado en dicho mes, así:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Policía Nacional.
Artículo 215 A. Para pagar el sueldo de un Practicante del Cuerpo de Policía Nacional, en los meses de enero a abril, inclusive, de 1929, a $80 mensuales
Para pagar al Tenedor de Libros de dicho Cuerpo el aumento de su sueldo en los meses
de septiembre a diciembre de 1928, de acuerdo con la Ley 44 de 1927 , a razón de $50 mensuales
Para pagar al mismo empleado dicho aumento durante el año de 1929
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 257. Para pagarles al doctor Humberto Bruno y al Reverendo Padre fray Gaspar del Pinell (hoy Vicario Apostólico del Caquetá), Ingeniero y Capellán de la Comisión de Limites con el Perú, respectivamente, al primero el completo de su sueldo desde el 4 de mayo al 31 diciembre de 1829, a razón de $200 mensuales, o sea $1.580, y al segundo su sueldo en dichos meses, o sea 1.200
Artículo. Para pagar al señor Flavio Santander el saldo de sus viáticos como médico de la Comisión de Límites con el Perú, reconocidos por Resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores de fecha 4 de junio de 1930
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Gastos Varios.
Artículo 116 bis. Para pagar parte de lo que adeuda el Tesoro Nacional al Municipio de Barbacoas, por concepto del 30 por 100 que le corresponde sobre el producto de la renta de tonelaje, en los ríos Patía y Telembí, de lo correspondiente a los meses de noviembre de 1923 hasta el 31 de diciembre de 1929, según lo dispuesto por la Ley 65 de 1928
MINISTERIO DE ESUCACIÓN NACIONAL
Gastos varios.
Artículo 656. Para atender al completo del pago de pensiones de jubilación de Maestros de Escuela y al aumento decretado para estas pensiones por la Ley 102 de 1927