Artículo 1
El corral accesorio a la casa que sirvió de Aduana en la ciudad de Panamá se comprende en la cesion hecha al Estado soberano de Panamá por el inciso 1.° del artículo 7.° de la lei de 24 de mayo de 1855, sobre administracion en el Estado de Panamá de los negocios que allí se ha reservado la Nacion.