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Ley 30 De 1920

Artículo 1

3 incisos

Abrece al Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica, el siguiente crédito adicional:

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Edificios nacionales.

Artículo 732

1 inciso

Abrece al Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica, el siguiente crédito adicional: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS CAPITULO 66 Edificios nacionales. Articulo 732 Para construcción, conservación y reparación del HospitaldeSan José de Bogotá (Ley 16 de 1917), Capitolio, Instituto Técnico Central y demás edificios nacionales, inclusive para la Penitenciaria de Popayán( Ley 28 de 1913) 170.000.

Firmas

El presidente del senado
El presidente de la cámara de representantes
El secretario del senado
el secretario de la cámara de representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro Del Tesoro