Artículo 1
2 incisos
Artículo único. Cédense para el servicio del templo del Voto Nacional al Corazón de Jesús, en esta ciudad, los aparatos que constituían la planta eléctrica del Teatro de Colón y que hoy se hallan sin prestar servicio en el Ministerio de Guerra.
Esta Ley regirá desde su sanción.