Artículo 1
La nación se asocia a la conmemoración de los cien (100) años de fundación del municipio de Acacías, departamento del Meta, hecho que sucedió el 7 de agosto de 1920.
Ley 1965 De 2019
La nación se asocia a la conmemoración de los cien (100) años de fundación del municipio de Acacías, departamento del Meta, hecho que sucedió el 7 de agosto de 1920.
La nación hace un reconocimiento al municipio de Acacías, a su vocación agrícola y pecuaria siendo una despensa de vital importancia para Colombia, resalta las virtudes de sus habitantes, su honradez, su creatividad, su excelsa producción cultural y sus aportes como municipio al desarrollo social y económico del país y la región.
El Gobierno nacional y el Congreso de la República de Colombia rendirán honores al municipio de Acacías, el 7 de agosto del año 2020, y se presentarán con sus respectivas comisiones a los actos conmemorativos que tengan lugar.
Autorícese al Gobierno nacional para que de conformidad con los criterios de concurrencia, complementariedad y subsidiaridad, asigne en el Presupuesto General de la Nación, e impulse a través del Sistema de Cofinanciación, las partidas presupuestales necesarias a fin de adelantar proyectos, obras de infraestructura y actividades de interés público y social, promotoras del desarrollo regional, que beneficiarán a la comunidad del municipio de Acacías y del departamento del Meta.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza al Gobierno nacional la celebración de los contratos y convenios interadministrativos necesarios entre la nación y el municipio de Acacías, así como para efectuar los créditos, contracréditos y los traslados presupuestales a que haya lugar.
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.