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Ley 86 De 1914

Artículo 1

1 inciso

Autorizase al Poder Ejecutivo para que en la forma y tiempo que estime más convenientes, inicie los trabajos relativos a la formación de una carta geológica de la República..

Artículo 2

1 inciso

° En los Presupuestos Nacionales se incluirán las partidas que se juzguen necesarias para dar cumplimiento a esta Ley.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública