Artículo 1
1 inciso
Destinase la suma de seis mil pesos ($ 6.000.00) anuales para la fundación y sostenimiento de la Escuela Hogar, que funcionara en la ciudad de Pasto, destinada a favorecer a los hijos sanos de los leprosos nariñenses que se encuentran recluidos en los lazaretos de la república.