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Ley 22 De 1976

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a la celebración del Cuarto Centenario de la fundación de la ciudad de Roldanillo, Valle del Cauca, y rinde tributo de admiración a las virtudes cívicas de sus moradores.

Artículo 2

1 inciso7 literales

Facúltase al Gobierno Nacional por el término de dos (2) años, contados a partir de la sanción de la presente Ley, para llevar a cabo la ejecución de las siguientes obras:

a

Normal de Señoritas;

b

Plaza de mercado cubierta, que comprenda un matadero y un frigorífico;

c

Pavimentación de las carreteras Roldanillo-La Unión y Roldanillo-Bolívar;

d

Villa deportiva; e) Hospital piloto para atender las necesidades de la región;

f

Museo "Omar Rayo" y biblioteca municipal;

g

Vivienda;

h

Ampliación del acueducto municipal.

Artículo 3

1 inciso

Autorízase al Gobierno Nacional a efectuar las operaciones presupuestales correspondientes, obtener empréstitos y celebrar los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley rige desde su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas