Artículo 1
La Nación se asocia a la celebración de los diez años de la Universidad Católica Popular de Risaralda, Municipio de Pereira, Institución de educación superior debidamente reconocida y aprobada por el Gobierno Nacional.
Ley 79 De 1989
La Nación se asocia a la celebración de los diez años de la Universidad Católica Popular de Risaralda, Municipio de Pereira, Institución de educación superior debidamente reconocida y aprobada por el Gobierno Nacional.
Como contribución a la Universidad para el mejor logro de los objetivos propuestos y de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorízase al Gobierno Nacional para destinar una Partida de cien millones de pesos ($ 100.000.000.00) para la Universidad Católica Popular del Risaralda con sede en Pereira, Departamento del Risaralda.
La suma de que trata el Artículo anterior será incluida en los presupuestos para las dos vigencias posteriores a la sanción de la presente Ley y deberá ser destinada por la Universidad a las siguientes obras:
Para construcción de sede, ochenta millones de pesos ($80.000.000.00).
Para investigación y desarrollo de nuevos programas de pregrado y programas de post-grado, la suma de veinte millones de pesos ($20.000.000.00).
El Gobierno Nacional queda facultado expresamente para realizar los traslados presupuestales, elaborar los créditos y contracréditos necesarios para el cabal cumplimiento de la presente Ley.
La presente Ley rige desde la fecha de su promulgación.