Artículo 1
Tan pronto como sea sancionada esta Ley el Gobierno procederá a restaurar la Capilla del Rosario de Cúcuta donde se reunió el Congreso Constituyente de 1821, y los demás monumentos de valor histórico de aquella ciudad.
Ley 4 De 1936
Tan pronto como sea sancionada esta Ley el Gobierno procederá a restaurar la Capilla del Rosario de Cúcuta donde se reunió el Congreso Constituyente de 1821, y los demás monumentos de valor histórico de aquella ciudad.
También procederá el Gobierno a pavimentar, con una capa de asfalto, y un ancho de cinco metros libres, la calzada automoviliaria que une la ciudad de Cúcuta, con la del Rosario, hasta el puente internacional Simón Bolívar, en la frontera con Venezuela.
Para atender a estos gastos el Gobierno podrá abrir al Presupuesto los créditos que sean necesarios, y para la conservación de los monumentos y del pavimento de la carretera de que trata esta Ley hará anualmente en los Presupuestos las apropiaciones correspondientes.