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Ley 22 De 1971

Artículo 1

1 inciso

Ordénase al Gobierno Nacional el traslado de los restos del General Francisco de Paula Santander del Cementerio Central de Bogotá a la Villa del Rosario de Cúcuta.

Artículo 2

1 inciso1 parágrafo

Créase la condecoración "General Francisco de Paula Santander", en los grados: Gran Cruz Extraordinaria, Gran Cruz, Gran Oficial, Cruz de Plata, Comendador, Oficial y Caballero, la que será conferida por el Gobierno Nacional a los nacionales que se distingan en el campo del Derecho y de la aplicación de las leyes y a los residentes en Colombia que se destaquen de manera especial por su contribución al progreso material y social de la comunidad.

Parágrafo

En el decreto reglamentario el Gobierno establecerá la materia y forma de la condecoración según los diversos grados, y las condiciones especiales para su otorgamiento así como la ceremonia o forma de imposición.

Artículo 3

1 inciso

El Gobierno abrirá los créditos presupuestales y efectuará los traslados necesarios para sufragar los gastos a que diese lugar el cumplimiento de la presente Ley, la cual regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara, Néstor Niño Crúz
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Relaciones Exteriores
EL Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público