Artículo 1
Nacionalízase el Instituto Femenino de Pereira.
Ley 22 De 1969
Nacionalízase el Instituto Femenino de Pereira.
Destínase la suma de tres millones de pesos ($ 3.000.000.00) para efectos del acondicionamiento del actual edificio donde funciona el citado Instituto Femenino, así como para la construcción de un nuevo tramo que permita el aumento de estudiantes.
El Municipio de Pereira, aportará como contribución a esta obra, los terrenos que actualmente ocupa y que consisten en una manzana ubicada entre las carreras tercera y cuarta y las calles 19 y 20 de la nomenclatura de la ciudad de Pereira.
La partida a que se refiere el artículo 2o. de esta ley será aportada por la Nación por terceras partes, debiendo quedar tales partidas forzosamente incluídas en los presupuestos nacionales de los tres (3) años subsiguientes a la expedición de la presente ley.
Para el pago o entrega de la primera cuota por parte de la Nación, es indispensable el otorgamiento de la correspondiente escritura pública por parte del Municipio de Pereira.
Esta Ley rige a partir de su sanción.