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Ley 140 De 1959

Artículo 1

1 inciso

Incorporase a la red de carreteras nacionales y al plan de vías de que habla de la ley 12 de 1949 , vías de montería. Tierra alta, alto Sinu, en el departamento de córdoba y bagado-certegui, en el departamento del choco.

Artículo 2

1 inciso

Autorizase al gobierno para apropiar las partidas, hacer los traslados y abrir los créditos necesarios para dar cumplimiento a la presente ley.

Artículo 3

1 inciso

Esta ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Pública