Artículo 1
Ordénase la construcción de una carretera con especificaciones modernas de autopista de Bogotá a Villavicencio.
Ley 9 De 1975
Ordénase la construcción de una carretera con especificaciones modernas de autopista de Bogotá a Villavicencio.
La ruta Bogotá-Villavicencio será la más aconsejable técnicamente y en lo posible buscará la menor distancia entre las dos ciudades._ Para reducir la distancia, solucionar problemas geológicos y dar mayor seguridad en el tráfico, se construirán los túneles y viaductos que sean necesarios.
La carretera ordenada en la presente Ley tiene carácter prioritario.
Aprópiase la suma de mil millones de pesos ($ 1.000.000.000) con destino a la construcción de la citada vía que serán incluídos en el presupuesto nacional de las próximas vigencias, de acuerdo con distribución que hará el gobierno según los estudios técnicos respectivos.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, autorízase al Gobierno para hacer las operaciones de crédito interno o externo que fueren necesarias, así como para abrir los créditos adicionales o suplementales y realizar los traslados y demás operaciones presupuestales indispensables.
La presente Ley rige a partir de su sanción.