Artículo 1
Derogado.
Ver el texto original (antes de su derogación)
El Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, por si o por intermedia persona, elaborará las estudios técnicos necesarios del rio Ranchería, en la Intendencia Nacional de la Guajira, con el objeto de definir la utilización social y económica de sus recursos de agua, tanto para el mejoramiento de las actuales condiciones de los indígenas, como para la irrigación de tierras en los Municipios de Barbacoas, Fon-seca, San Juan y Villanueva.
PARAGRAFO I. El Instituto al mismo tiempo estudiará el aprovechamiento adicional del rio Ranchería, para la electrificación de la Intendencia.
PARAGRAFO II El Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico presentará un plan detallado para solucionar, en cuanto a los recursos naturales lo permitan, los problemas de agua y electrificación de las zonas a que se refiere este proyectó.