Artículo 1
1 inciso
El Congreso de Colombia rinde tributo de honor y gratitud a la memoria del doctor José Joaquín Castro Martínez y lo inscribe en la nómina de los hijos meritorios de la Patria.
Ley 22 De 1958
El Congreso de Colombia rinde tributo de honor y gratitud a la memoria del doctor José Joaquín Castro Martínez y lo inscribe en la nómina de los hijos meritorios de la Patria.
En un sitio de honor de la Gobernación de Boyacá, será colocado un retrato al óleo del insigne repúblico.
Sendos ejemplares autógrafos de esta Ley serán entregados a la señora viuda del doctor Castro Martínez y a la Municipalidad de Tunja, cuna del esclarecido colombiano.
Los gastos que demande el cumplimiento de esta Ley serán incluidos en el Presupuesto de la próxima vigencia.