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Ley 35 De 1967

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a la conmemoración del cincuentenario de la muerte del ilustrísimo señor Evaristo Blanco, Obispo que fue del Socorro y de Pamplona y que se cumple el 15 de octubre de 1965.

Artículo 2

1 inciso

El Gobierno procederá de acuerdo con disposiciones legales sobre la materia, a establecer un colegio de Segunda Enseñanza o Normalista para Señoritas, que se denominará "Monseñor Evaristo Blanco", en el Municipio de San Miguel Departamento de Santander, cuna del ilustre Prelado.

Artículo 3

3 incisos1 parágrafo

Auxiliase al Municipio de San Miguel (Santander), con la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000.00), que serán invertidos en la siguiente forma:

Ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000), para la restauración de la casa donde nació el ilustre Prelado, la cual será destinada a locales escolares.

Cien mil pesos ($ 100.000), para la compra de los terrenos en donde la Nación construir el edificio para el funcionamiento del plantel educativo que se crea por medio de la presente Ley.

Parágrafo

Las partidas de que trata el presente artículo serán entregadas al Municipio de San Miguel, una vez llenados los requisitos legales.

Artículo 4

1 inciso

Se autoriza expresamente al Gobierno Nacional para que en caso de no ser incluídas dichas partidas en el Presupuesto, haga las traslaciones necesarias para dar estricto cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 5

1 inciso

Esta Ley rige desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional