Artículo 1
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 19 De 1890
1 inciso
Artículo único. Concédese á la señorita Ana Clovis Carvajal y por una sola vez, una recompensa de dos mil quinientos pesos ($ 2.500), que le será pagada íntegramente, y en moneda legal. Dicha suma se considerará incluída en el Presupuesto de Gastos para el próximo bienio.