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Ley 303 De 1996

Artículo 1

1 inciso

F.,el 3 de julio de 1990,10 de mayo de 1991 y 26 de agosto de 1992.

Artículo 2

1 inciso

F., el 3 de julio de 1990,10 de mayo de 1991 y 26 de agosto de 1992, que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

Artículo 3

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República