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Ley 22 De 1944

Artículo 1

1 inciso

ARTICULO UNICO. Autorizase a la Asamblea Departamental de Bolívar para que sin que sean llenados todos los requisitos que exigen las leyes 49 de 1931 y 38 de 1942, cree el Municipio de San Bernardo del Viento, con cabecera en la población del mismo nombre e integrado, además, con los corregimientos de monitos y puerto escondido.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara De Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno