Artículo 1
Art. 1.º Autorízase al Poder Ejecutivo para que celebre un contrato con los herederos del finado señor José M. Malo Blanco, sobre el cumplimiento de la obligacion contraída por la escritura de cinco de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y nueve, que otorgó el reverendo padre fray Pedro Achuri, Procurador de la suprimida Provincia de Agustinos descalzos, ante el Notario primero de Bogotá, señor Narciso Sánchez, á favor de la señora Soledad O'Leary de Malo Blanco,