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Ley 79 De 1940

Artículo 1

1 inciso

000), que se destinan exclusivamente para iniciar y adelantar los trabajos del nuevo cuartel que se proyecta levantar.

Artículo 2

1 inciso

°, al servicio del Palacio Municipal, o para una concentración escolar o para otra obra de servicio público o de ornato y embellecimiento, a juicio del honorable Concejo.

Artículo 3

1 inciso

° Esta Ley regirá desde su sanción

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra