Artículo 1
2 incisos1 parágrafo
Artículo único. Honrase la memoria del doctor Luis Serrano Blanco, fallecido en Berlín, quien por su ilustración, sus virtudes cívicas y su fecunda actividad, honró a la Patria; quien desempeño altos puestos en el Parlamento y en la Diplomacia, y quien fue como escritor y financista orgullo de la generación que pertenecía.
Parágrafo
En la Imprenta Nacional y por cuenta del Tesoro Público se editara una selección de su obra, dirigida por una comisión que designe el Ministerio de Instrucción y salubridad Públicas.
Copia de esta Ley se enviara a la familia del doctor Serrano Blanco, al Concejo Municipal de Zapatoca y a la Gobernación de Santander.