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Ley 4 De 1903

Artículo 382

Diario Oficial

1 inciso

Artículo Único. Legalizase el crédito suplemental por $2,051 abierto al Departamento del Tesoro, Capitulo 60, articulo 382 del Presupuesto de gastos de 1899 y 1900, por Decreto ejecutivo número 100 de 1903, publicado en el número 11,408 del Diario Oficial .

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Subsecretario del Tesoro, encargado del Despacho