Artículo 1
1 inciso
Apruébase el "Convenio de Cooperación Cultural y Educativa entre el Gobierno d e la República de Colombia y el Gobierno de la República Argentina", hecho en Buenos Aires, el doce (12) de octubre del dos mil (2000).
Ley 870 De 2003
Apruébase el "Convenio de Cooperación Cultural y Educativa entre el Gobierno d e la República de Colombia y el Gobierno de la República Argentina", hecho en Buenos Aires, el doce (12) de octubre del dos mil (2000).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el "Convenio de Cooperación Cultural y Educativa entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Argentina", hecho en Buenos Aires, el doce (12) de octubre del dos mil (2000), que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.