Artículo 1
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Septiembre 12 De 1890
1 inciso
Artículo único. Concédese, por una sola vez, una recompensa de dos mil quinientos Cincuenta Pesos ($2.550) a la señora Josefa Amador de Agames, hija del mártir de la Independencia Coronel Martin Amador, la cual será pagada del Tesoro Nacional íntegramente en moneda legal, y se considerará incluída en el Presupuesto de la próxima vigencia.