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Ley 50 De 1928

Artículo 1

1 inciso

El Congreso de Colombia honra la memoria de Julio Pérez Ferrero, y presenta su vida meritísima como ejemplo de patriotas y ciudadanos.

Artículo 2

5 incisos

Un retrato al óleo del eximio ciudadano será colocado en el Palacio de la Gobernación del Norte de Santander, en los salones de la biblioteca que él fundó y que lleva su nombre, retrato que tendrá la siguiente inscripción:

EL CONGRESO DE COLOMBIA

a la memoria

DE JULIO PEREZ FERRERO ,

Maestro de la juventud y gran patriota.

Artículo 3

1 inciso

Una copia de esta Ley, en edición de lujo, será enviada a la familia del extinto.

Artículo 4

1 inciso

En la Ley de Apropiaciones será incluida la partida necesaria para dar cumplimiento a la presente Ley, y el Gobierno queda autorizado para abrir los respectivos créditos en caso necesario.

Artículo 5

1 inciso

Esta Ley rige desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de La Cámara de Representantes
El Secretario de La Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro De Educación Nacional