Artículo 1
Elévase a cincuenta mil pesos ($ 50,000) anuales, durante cinco años, la suma destinada para la reconstrucción, dotación, ensanche y pago del personal del Colegio de San José de Pamplona.
Una vez construido y dotado en todas sus dependencias, la suma destinada a dicho establecimiento se reducirá a diez mil pesos ($ 10,000) anuales.