Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 3 De 1878

Artículo 1

1 inciso

Artículo único. Decláranse libres de derechos de importacion los almacenes de hierro que la Junta administrativa de los caminos de Soto al río Magdalena obtengan en el estranjero con destino a los puertos de Botijas, Marta i Colorado.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario de Hacienda i Fomento