Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 50 De 1921

Artículo 1

2 incisos

Artículo único. La República reconoce los merecimientos del insigne magdalenés doctor don Rafael de Armas, y presenta su nombre a las nuevas generaciones como de un modelo de buenos ciudadanos.

En la Sala de la Gobernación del Magdalena se colocará, un retrato del doctor De Armas, costeado por el Tesoro Nacional. Al pie del retrato se inscribirá mención de la Ley que lo decreta.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Gobierno, encargado del Despacho