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Ley 44 De 1909

Artículo 1

1 inciso

La República registra entre sus primeros y más meritorios ciudadanos del doctor Joaquín F. Vélez, y presenta sus virtudes cívicas como modelo digno de ser imitado.

Artículo 2

"homenaje De Justicia"

5 incisos

El Poder Ejecutivo mandará hacer dos retratos al óleo del doctor Joaquín F. Vélez, con esta inscripción al pie:

"EL CONGRESO DE 1909

"AL DOCTOR JOAQUIN F. VELEZ

"Homenaje de Justicia"

y dispondrá que se coloquen: uno en el local del Senado y otro en el de la Gobernación del Departamento de Bolívar (hoy de Cartagena).

Artículo 3

1 inciso

En el Presupuesto de la próxima vigencia se incluirá la partida que requiera el cumplimiento de esta Ley.

Artículo 4

1 inciso

Un ejemplar autógrafo de esta Ley se enviará á la señora viuda del ilustre finado.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
el Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho
El Ministro de Instrucción Pública encargado del Despacho de Hacienda y Tesoro