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Ley 137 De 1887

Artículo 1

1 inciso

Artículo único . Concédese, por una sola vez, á la señora Matilde Duque de Gamboa, viuda del Capitán señor Alejandro Gamboa, y á sus hijos menores, la recompensa de setecientos ochenta pesos ($780), pagadera íntegramente y en moneda legal.

Firmas

El Secretario
El Secretario
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro