Artículo 1
2 incisos
Artículo único. Autorízase al Concejo Municipal de La Unión (Departamento del Tolima) para condonarle á Juan N. Houghton la suma de trescientos noventa y tres pesos cincuenta centavos ($393.55) que el Tribunal de Cuentas de dicho Departamento llevó á alcance liquido á cargo de Houghton por auto de 1.° de Diciembre de 1890
El Concejo no podrá proceder sino sobre pruebas suficientes de la justicia del reclamo que al efecto se le haga, y con tal fin se devolverán al interesado todos los documentos que ha presentado al Congreso.