Artículo 1
1 inciso
El Congreso de Colombia lamenta la muerte del señor don Fidel Cano, como una pérdida irreparable para la Republica y para las letras patrias.
Ley 22 De 1919
El Congreso de Colombia lamenta la muerte del señor don Fidel Cano, como una pérdida irreparable para la Republica y para las letras patrias.
Un busto en bronce será colocado en el Parque de Bolívar de Medellín, para perpetuar la memoria de tan preclaro varón, y un retrato al óleo en el paraninfo de la Universidad de Antioquia.
Copia de la presente Ley será remitida, en edición de lujo, a la señora viuda e hijos del ilustre ciudadano.
Los gastos que ocasione la presente Ley se considerarán incluídos en el Presupuesto de la vigencia en curso.