Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 22 De 1919

Artículo 1

1 inciso

El Congreso de Colombia lamenta la muerte del señor don Fidel Cano, como una pérdida irreparable para la Republica y para las letras patrias.

Artículo 2

1 inciso

Un busto en bronce será colocado en el Parque de Bolívar de Medellín, para perpetuar la memoria de tan preclaro varón, y un retrato al óleo en el paraninfo de la Universidad de Antioquia.

Artículo 3

1 inciso

Copia de la presente Ley será remitida, en edición de lujo, a la señora viuda e hijos del ilustre ciudadano.

Artículo 4

1 inciso

Los gastos que ocasione la presente Ley se considerarán incluídos en el Presupuesto de la vigencia en curso.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno