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Ley 16 De 1878

Artículo 1

1 inciso

Art. 1.° La Nación compra al señor Diójénes .A. Arrieta doscientos cincuenta ejemplares de la obra que está publicando con el título de "El Congreso colombiano de 1878," i que contiene la historia de las Cámaras federales en el presente año, complementada con semblanzas de los Senadores i Representantes. La suma que para tal objeto se vota en la presente lei, se pagará al señor Arrieta por quintas partes, cada una de las cuales le será abonada al presentar cada cuatro entregas de la obra; i la última, al entregar los últimos pliegos de ella.

Artículo 2

2 incisos

Art. 2.° El Poder Ejecutivo distribuirá esta obra entre los Ministros diplomáticos i Secretarios de éstos, Cónsules i Ajentes comerciales de la República en el estranjero i de las naciones estranjeras en la República; Universidades i Colejios oficiales de la Nación i de los Estados, Bibliotecas i archivos de la Union i Escuelas Normales de hombres

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Artículo 3

1 inciso

Art. 3.° Vótase, para los efectos de esta el, hasta la suma de quinientos pesos ($ 500) que se considera como crédito adicional al Presupuesto del año en curso.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores